Aduana publica valores de importación de vehículos

Vinculada a la actualización de la política para la comercialización de vehículos a personas naturales y jurídicas en Cuba, la Aduana General de la República compartió en su perfil de Facebook los valores a pagar al llegar al país de algunos equipos y medios de transporte.
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En la Gaceta No. 128 Ordinaria de 2024, se deroga el artículo Artículo 11 del Decreto-Ley 22 “Arancel de Aduanas de la República de Cuba para las importaciones sin carácter comercial”, de 24 de noviembre de 2020; y se establece que pronto será publicada una versión actualizada, revisada y concordada del mismo.
La Aduana indica que las personas naturales, residentes permanentes en el territorio nacional, pueden importar como Equipaje No Acompañado o como envío:
Triciclos eléctricos o hibrido de dos plazas y capacidades adicionales de carga y pasaje.
Ciclomotor o motocilcta de combustión interna de hasta 250 cc.
Ciclomotor o motocilcta de combustión interna de hasta 250 cc con sidecar.
Sidecar para ciclomotor o motocicleta de combustión interna.
Para estos, establece el valor en Aduana, así como lo que se debe pagar tanto aranceles como servicio, en condiciones de Equipaje No Acompañado o Envío.
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