Banco Central de Cuba implementa un sistema de tres tasas de cambio: dos fijas y una flotante
A partir del 18 de diciembre de 2025, el Banco Central de Cuba pondrá en vigor una nueva estructura normativa orientada a transformar el mercado cambiario de divisas en el país: se suma una nueva tasa cambiaria a las dos ya existentes.
La medida fue anunciada por la ministra presidenta del Banco Central, Juana Lilia Delgado Portal y según la funcionaria, el objetivo es avanzar hacia la convergencia cambiaria y monetaria, para fortalecer la institucionalidad del sistema financiero cubano.
La estrategia adoptada por el Banco Central de Cuba se articula en tres segmentos cambiarios: dos tasas de cambio fijas, ya existentes, en los segmentos I y II, que operarán a 1 por 24 y 1 por 120, respectivamente; y un tercer segmento con una tasa flotante que será determinada y publicada diariamente por la autoridad monetaria. Esta última medida, según Delgado, responde a las diferencias objetivas entre las tasas oficiales y el valor real del mercado, reflejando la escasez de divisas.
El segmento flotante buscará fomentar la entrada de divisas al mercado cambiario, lo que permitirá a los exportadores y otros oferentes de divisas realizar transacciones a un precio determinado por la oferta y la demanda. Según explicó la funcionaria, se espera que esta modalidad reduzca las irregularidades del mercado informal y que contribuya a una mayor competitividad en el sector.
Además de las modificaciones en el mercado cambiario, el Banco Central de Cuba ha adelantado que esta transformación estará acompañada de un conjunto de medidas complementarias en los ámbitos financiero, comercial y tributario.
Entre las principales, se destaca el fortalecimiento progresivo de las cuentas en Moneda Libremente Convertible (MLC), que según la ministra, "no buscan sustituir una distorsión por otra", sino corregir gradualmente las brechas monetarias.
Asimismo, indicó que se garantizará la operatividad de las cuentas bancarias de las formas de gestión no estatales, lo que permitirá a este sector ejecutar transacciones tanto internas como en operaciones de comercio exterior.
Las disposiciones jurídicas que acompañarán este proceso serán publicadas en la Gaceta Oficial, y el Banco Central de Cuba continuará ofreciendo información sobre los detalles y mecanismos de implementación a través de su sitio web.
