¿Un terreno por 99 años? Cuba cambia las reglas para invertir y hacer negocios
Usufructos de hasta 99 años, tierras estatales entregadas por tiempo indeterminado y nuevas facilidades para el capital extranjero marcan uno de los cambios más significativos del paquete de normas económicas publicado el 3 de septiembre de 2026 en la Gaceta Oficial. 
El cambio que más llama la atención aparece en el Decreto-Ley 130/2026, modificativo del Código Civil. La nueva regulación permite que el usufructo otorgado a personas jurídicas sobre determinados bienes pueda alcanzar hasta 99 años y prorrogarse por otro período similar. En el caso de las tierras, incluso puede concederse por tiempo indeterminado.
La norma también modifica el derecho de superficie: los propietarios de solares yermos podrán concederlo para construir viviendas u otras edificaciones, mientras el Estado podrá entregar terrenos de su propiedad bajo un derecho perpetuo de superficie, mediante el pago correspondiente.
Aunque estas figuras no convierten al inversionista en propietario del terreno, sí amplían considerablemente el tiempo durante el cual determinados bienes pueden ser utilizados legalmente. Para un negocio que necesita construir, invertir y recuperar capital, la duración del derecho sobre el espacio puede ser tan importante como el capital disponible.
Más facilidades para el capital extranjero
El Decreto-Ley 128/2026, que modifica la Ley de Inversión Extranjera, introduce cambios en áreas como la contratación laboral y las operaciones financieras.
Las empresas de capital extranjero y empresas mixtas podrán contratar directamente a sus trabajadores o hacerlo mediante una entidad empleadora. Además, las empresas mixtas y determinados inversionistas nacionales podrán abrir y operar cuentas en bancos extranjeros, notificándolo al Banco Central de Cuba, sin requerir previamente su autorización.
El paquete también incorpora nuevas reglas para el comercio exterior y regulaciones relacionadas con agencias de viajes, transporte y guías turísticos.
En el turismo especializado y el ecoturismo se establecen, además, incentivos fiscales, entre ellos un impuesto sobre utilidades del 25 %, exenciones para utilidades reinvertidas y beneficios aduaneros para determinados equipos destinados a estos proyectos.
Así, las nuevas normas van más allá de la inversión extranjera. Alcanzan también actividades inmobiliarias, comercio exterior, turismo, asociaciones entre capital extranjero y entidades no estatales cubanas y proyectos en zonas priorizadas.
El cambio de fondo parece estar en ampliar el horizonte de los negocios. Noventa y nueve años, otros 99 de posible prórroga o, en determinados casos, tierras bajo usufructo por tiempo indeterminado: la nueva pregunta ya no es solamente cuánto capital puede llegar a Cuba, sino qué negocios podrán construirse sobre estas reglas y durante cuánto tiempo podrán desarrollarse.
