Imponen nuevos precios topes al arroz y los frijoles en Cuba

El Ministerio de Finanzas y Precios informó sobre una nueva regulación temporal de los precios máximos de acopio y minoristas del arroz y el frijol común (negro, rojo y blanco) de producción nacional.
Así lo dio a conocer la institución en su sitio web, e indica que la decisión ha sido adoptada mediante el Acuerdo 10093, del 5 de marzo de 2025, publicado en la Gaceta Oficial de la República No. 7 (extraordinaria), de 7 de marzo de 2025.
En la nota, comunican que “el desarrollo de la economía en los últimos años ha estado afectado, entre otros fenómenos, por una espiral inflacionaria ascendente y un aumento de precios en el mercado internacional, como resultado de la crisis multidimensional que sufre el mundo”.
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Por tanto, afirman que “contener el alza de la inflación es uno de los propósitos de la regulación temporal de precios minoristas máximos en productos de alta demanda para la población”.
En julio del año pasado, fueron regulados los precios máximos a otros productos de consumo básico de la población: pollo troceado, leche en polvo, pastas alimenticias, aceites comestibles (excepto de oliva), salchichas y detergente en polvo. El MFP considera que aun se mantienen las necesidades de contención de otros precios de principales consumos de la población, fundamentalmente alimentos.
En esta ocasión, se decidió la regulación temporal de los precios máximos de acopio y minoristas de los productos arroz y frijol común (negro, rojo y blanco) de producción nacional, mediante el Acuerdo 10093, del 5 de marzo de 2025, que quedó recogido en la Gaceta Oficial de la República (extraordinaria) No. 7, de 7 de marzo de 2025”.
Así quedarían los precios topados:
Arroz consumo:
Precio de acopio CUP/Ton: 239 000
Precio minorista máximo por libra CUP: 155
Frijol común (diferenciado
Precio de acopio CUP/Ton: 304 360
Precio minorista máximo por libra CUP: 196
Frijol común (sin entrega de
Precio de acopio CUP/Ton: 435 000
Precio minorista máximo por libra CUP: 285